La Comisión Europea, en el año 2003 y en el año 2005, se ha cuestionado la validez de las reglas legislativas y profesionales que limitan las estructuras y la propiedad de las empresas que ofrecen servicios jurídicos, las posibilidades de colaboración con otras profesiones (especialmente con expertos contables) y la apertura de sucursales, franquicias o cadenas.
La Comisión consideró que toda restricción que pudiera tener consecuencias económicas negativas e impedir una pluridisciplinariedad debía ser eliminada. Según la Comisión, solo las restricciones que permitan preservar la independencia o la responsabilidad personal de los prestatarios del servicio estarían justificadas.
¿Cuál es hoy, con la crisis, la doctrina de la Comisión Europea en materia de desregulación ?
Tras estas prescripciones sobre la pluridisciplinariedad, la propiedad del capital, etc. ¿cuáles son las evoluciones reglamentarias, las modificaciones adoptadas por los Abogados y los Colegios de Abogados en nuestros diversos países (posibilidad de escoger una estructura mercantil, crear sociedades de capitales, ofrecer la inversión a capitales y accionistas externos, cotizar en Bolsa, desarrollar la pluridisciplinariedad,…) ?
¿En qué medida es posible un eventual control de los Colegios de Abogados y cuál es la incidencia de estas modificaciones sobre nuestras normas deontológicas (secreto profesional, conflicto de intereses, independencia, etc.) ?
Estas son las cuestiones que serán abordadas por los ponentes y los participantes en el Congreso de la Federación de Colegios de Abogados de Europa que tendrá lugar en Brujas el 22 de mayo de 2009 (en la sesión matinal).
Maria Slazak - Poland
Norbert Westenberger - Germany
Jean-Marie Burguburu - France
Lucette Defalque - AEA
Manuel Camas - Spain