La FBE, tras su reunión en Valencia (1-3 octubre 2009) y habiendo debatido el fundamento filosófico, moral y práctico para las estructuras profesionales y las normas éticas sobre el conflicto de intereses para la profesión de abogado, ha resuelto que los miembros de la profesión de abogado deben observar, en todos los países, los principios fundamentales siguientes :
a) Secreto profesional estricto, de acuerdo con la regulación nacional, incluidas las normas colegiales.
b) Renuncia a la asistencia jurídica de un cliente siempre que los intereses de éste estén en conflicto con los del abogado o el de otros clientes.
c) Que todas las estructuras profesionales permitidas garanticen en todo caso que estos principios fundamentales estén protegidos y se cumplan.